En el marco de la situación actual de salud pública que vive el país, Mutual de Seguridad mantiene su compromiso con la protección y bienestar de los trabajadores y las empresas adherentes. Lo anterior, con el objetivo de evitar el riesgo de contagio de COVID-19 entre pacientes, trabajadores y funcionarios en nuestros centros de evaluación de salud.
En este contexto, la Autoridad Sanitaria, a través del oficio B33 N°3288, solicitó a los organismos administradores de la Ley 16.744 un plan que permitiera actualizar las evaluaciones ocupacionales y de vigilancia atrasadas de manera gradual. Este plan fue aprobado a través del Ordinario N°4119 del 30 de septiembre de 2020, incluye criterios de priorización y, como medida de apoyo a la continuidad operacional de las empresas adherentes, extiende la vigencia de las evaluaciones ocupacionales, de programa de vigilancia y las evaluaciones psicológicas (psicosensotécnicas y/o psicolaborales) hasta la fecha de citación otorgada por Mutual de Seguridad. En el caso que la evaluación no sea realizada en esa fecha, se considerará que la evaluación está vencida.
En relación a la extensión de la vigencia de las evaluaciones ocupacionales, de programa de vigilancia y las evaluaciones psicológicas (psicosensotécnicas y/o psicolaborales), cabe señalar que, sólo aplica para aquellas que extendieron su vigencia durante el presente año.